Aportación parcial de los -complementos por mínimos de las pensiones, así como de las no contributivas por invalidez.
El Estado, a través del Ministerio de Economía y Finanzas, depositará anualmente en el Fondo, su aporte a la sostenibilidad del Régimen en lo que respecta a los beneficios definidos, el cual se establece en: 2007, 2008 y 2009: B/. 75.000.000,00 año 2010, 2011 y 2012: B/.100.000.000,00 año 2013 al 2060: B/.140.000.000,00 año
Sistema de reparto y constitución de un fondo de capitalización gestionado por el Instituto de Gestión de Fondos de Capitalización de la Seguridad Social
– Decreto 30.655/11/44, de 15 de noviembre. Ley 18,610, sobre Obras Sociales. Ley 19032/1971. Ver también: (*) (1)
– Ley 27813, del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud. Ley núm. 27657, del Ministeriode Salud. Ley 27656, de creación del Fondo Intangible Solidario. Ley 27812, que determina las fuentes de financiación del Seguro Integral de Salud. Ley 27056, creación ESSALUD, Ley 28006, (2)
– Trabajadores asegurados del sector público y privado, cotizantes del Seguro de Enfermedad-Maternidad. Trabajadores por cuenta propia adscritos al Seguro de Enfermedad-Maternidad cotizantes. Beneficiarios de trabajadores cotizantes.
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