HONDURAS
2% para el empleador, del uno por ciento (1%) para el trabajador afiliado y de 0,5% para el Estado aplicados sobre una remuneración máxima de de L. 4.800,00.
2% para el empleador, del uno por ciento (1%) para el trabajador afiliado y de 0,5% para el Estado aplicados sobre una remuneración máxima de de L. 4.800,00.
Las prestaciones sanitarias son financiadas en su totalidad por aportaciones del Estado, salvo las que se derivan de riesgos profesionales, en cuyo caso, su financiación exclusiva de cotizaciones sociales.
El Estado, de acuerdo con la constitución política de la República, está obligado a consignar en el Presupuesto una partida específica para cubrir la cuota que le corresponde.
Conforme al Reglamento Financiero del INSS, la financiación de las pensiones de vejez se basa en el sistema de primas escalonadas, pero en la realidad funciona el sistema de reparto anual.
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