-Instituto Nacional del Seguro Social (INSS). Gobiernos de los Estados y Municipios.
Las Compañías de Seguros de Vida deben contar con la aprobación del ramo por parte de la Superintendencia Bancaria.
Las AFP deben ser instituciones previsionales de carácter financiero y giro único. Han de constituirse como sociedades anónimas con un capital fijo, no menor de c 5 millones de colones salvadoreños (aproximadamente US$ 571.429. 1 US$ = C 8,75), dividido en acciones nominativas con no menos de 10 accionistas. Deberán estar domiciliados en el país.
– Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (AFJP). Compañías de Seguros de Retiro.
Las AFP no están sujetas a requisitos especiales o particulares del sistema financiero.
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