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CHILE

-Ministerio de Trabajo y Previsión Social.  Superintendencias de AFP FR Seguridad Social y de Salud.

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ARGENTINA

Las AFJP deben ser sociedades con objeto exclusivo y deben contar con un patrimonio mínimo de $3.000.000. Deben existir separación patrimonial entre el Fondo de Jubilaciones y Pensiones y la Sociedad que lo administra. La autorización para funcionar como AFPJ es emitida por la Superintendencia de AFJP. Las Compañías de Seguro de Retiro deben contar […]

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ARGENTINA

– Superintendencia de Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones.  Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS), dependientes del MTEySESS.

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URUGUAY

-Banco Central del Uruguay. (Superintendencias de AFAP y de Seguros).  Banco de Previsión Social (BPS). (1)

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BOLIVIA

Los señalados por la Ley núm 1732, de 29.11.96 (Ley de Pensiones), su Reglamento, aprobado por DD. SS. Núm. 24469, de 17.01.97, el Código de Seguridad Social y disposiciones complementarias para prestaciones del Régimen de Reparto.

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