Instituto de Normalización Previsional (INP), y los entes empleadores de la Administración Pública, respecto de sus funcionarios.
-Estar organizadas como corporaciones con personalidad jurídica, y ser autorizadas por la Superintendencia de Subsidio Familiar. Tener un mínimo de 500 empleadores obligados a pagar el subsidio familiar, o que el empleador tenga un mínimo de 10.000 beneficiarios del Subsidio Familiar.
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