– Instituto de Solidaridad y Seguridad Social. Nivel central: Instituciones de Seguridad Social competentes. Nivel regional: Centros regionales de Seguridad Social.
Ministerio de Industria y Comercio Superintendencia de Compañías Cámaras de Comercio Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.
– Consejo Nacional de Seguridad Social. Instituto Dominicano de Seguros Sociales. Tesorería de la Seguridad Social (4).
Los señalados en los epígrafes correspondientes: 1 «Asistencia Sanitaria», 2 «Vejez»» y 5 «Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional».
Ministerio de Salud y Previsión Social, en el área de salud. Superintendencia de Seguros, Pensiones y Valores.
Las AFP deben ser instituciones previsionales de carácter financiero y giro único. Han de constituirse como sociedades anónimas con un capital fijo, no menor de c 5 millones de colones salvadoreños (aproximadamente US$ 571.429. 1 US$ = C 8,75), dividido en acciones nominativas con no menos de 10 accionistas. Deberán estar domiciliados en el país.
Ministerio de Trabajo y Previsión Social y Superintendencias de AFP, de Seguridad Social y de Salud. Ver también: (6)
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