REPÚBLICA DOMINICANA
Las cotizaciones y contribuciones a la Seguridad Social y a las reservas y rendimientos de inversiones que generan los fondos de pensiones de los afiliados estarán exentas de todo impuesto o carga directa o indirecta.
Las cotizaciones y contribuciones a la Seguridad Social y a las reservas y rendimientos de inversiones que generan los fondos de pensiones de los afiliados estarán exentas de todo impuesto o carga directa o indirecta.
El subsidio por incapacidad parcial: en tanto período de inactividad compensada, este subsidio es computable como tiempo de servicios a efectos jubilatorios, estando gravado. La jubilación por incapacidad total se encuentra gravada con el impuesto a las retribuciones personales (IRP), de acuerdo a los siguientes tramos: 1% a los que perciben hasta 3 salarios mínimos […]
La pensión, en cuanto tal, no está afecta a impuestos, sin perjuicio de que el beneficiario, por su nivel de ingresos, sobrepase los límites de exención que la Ley Tributaria establece. El pensionado está sujeto a cotizaciones para salud (7%).
– La pensión por vejez e invalidez se encuentra exonerada de impuestos. Las pensiones no están sujetas a imposición fiscal.
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