La financiación de las prestaciones tiene las características de un seguro privado.
Sistema de reparto simple, con un fondo único de financiación de las prestaciones de la Previsión Social.
Seguro de reparto, con la obligación de constituir los capitales representativos de las pensiones en el caso de las Mutualidades de empleadores.
Sistema con características de un Seguro privado, administrado por las ARP privadas.
Sistema de reparto con constitución de un fondo de estabilización financiera.
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