– Aportaciones desde el Presupuesto del Estado al Ministerio de Salud. En el caso del Seguro Social, por ley el Estado debe aportar no menos de c 5.000.000 igual a 571.428,00 siendo $1US=c.8,75.
Las prestaciones sanitarias son financiadas en su totalidad por aportaciones del Estado, salvo las que se derivan de riesgos profesionales, en cuyo caso, su financiación exclusiva de cotizaciones sociales.
El Estado, de acuerdo con la constitución política de la República, está obligado a consignar en el Presupuesto una partida específica para cubrir la cuota que le corresponde.
– El presupuesto destinado a la asistencia en salud, por medio del Ministerio de Salud (hospitales, centros de salud, etc.) representa, en 1998, el 12,3% del Presupuesto total ó el 3,7% del PIB. El Estado aporta el equivalente al 0,5% de los salarios cotizados para atender a las prestaciones consideradas en la acción protectora del […]
El Estado contribuirá para suplir la falta de un empleador formal, el monto de este subsidio será en proporción inversa a los ingresos reales de cada categoría de trabajador por cuenta propia. Las aportaciones, de los trabajadores independientes se calcularán en base a un múltiplo del salario mínimo nacional. (5)
El presupuesto destinado a Asistencia Sanitaria en el año 2001 representa, aproximadamente, el 8,2%. Los agentes del Seguro Nacional de Salud (Obras Sociales y ANSAL) y del sistema de medicina “prepago” no se financian con el Presupuesto General de la Nación.
– En la asistencia sanitaria pública, la mayor parte de la financiación está a cargo del Estado, con una participación determinada en los Presupuestos del Ministerio de Salud Pública. En el Seguro de enfermedad a cargo del BPS, la diferencia entre ingresos y gastos se cubre por recursos generales del BPS provenientes de la vía […]
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