– Impuestos (cuidados de asistencia sanitaria). Cotizaciones de los trabajadores y de los respectivos empresarios. Cotizaciones de los trabajadores por cuenta propia.
(*) Esta prestación está comprendida entre las prestaciones familiares mencionadas en el epígrafe 6.
Recursos generales del BPS, provenientes de la vía fiscal y contribuciones del Estado.
Cotizaciones al IVSS de los empleadores y trabajadores en relación de dependencia, y de los trabajadores no dependientes al Seguro Facultativo.
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