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CHILE

Existe un seguro de cesantía y un subsidio. El seguro se financia con cotizaciones del trabajador, el empleador y aportes fiscales. El costo del programa de subsidio corre a cargo del Estado.

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COSTA RICA

No existe Seguro de desempleo. Se paga un auxilio de cesantía, según la tabla del artículo 29 del Código de Trabajo más capital acumulado en el Ahorro Laboral del Fondo de Capitalización Individual, administrado por las Operadoras de Pensiones.

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ESPAÑA

Cotizaciones de los trabajadores y de los empleadores. Financiación por aportaciones del Estado en el caso de los subsidios asistenciales.

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VENEZUELA

Cotizaciones al IVSS de los empleadores y trabajadores en relación de dependencia, y de los trabajadores no dependientes al Seguro Facultativo.

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ARGENTINA

(*)A través de un Fondo Nacional de Empleo. Dicho Fondo está constituido por cotizaciones de los empleadores y de los beneficiarios de pensiones del Régimen Previsional Público que están en actividad y por recursos provenientes del Estado.

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