BOLIVIA
Las prestaciones reconocidas por la Seguridad Social no se hallan sujetas a deducciones fiscales.
Las prestaciones reconocidas por la Seguridad Social no se hallan sujetas a deducciones fiscales.
Las cotizaciones de los trabajadores por cuenta ajena no son deducibles de la base imponible del Impuesto sobre la Renta.
Las cotizaciones de los trabajadores y empleadores son deducibles en la base de la renta imponible.
Organización Iberoamericana de Seguridad Social. Todos los derechos reservados.
Desarrollado por Tible Technologies.