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2% de la facturación y 8% de las ganancias netas de las empresas, siendo la cotización del 18% de las ganancias netas para las instituciones financieras.
2% de la facturación y 8% de las ganancias netas de las empresas, siendo la cotización del 18% de las ganancias netas para las instituciones financieras.
En el IVSS es el 6,25% de los salarios, porcentaje distribuido entre empleadores y trabajadores, en función de la categoría y nivel de cotización. (1) Además de la cotización señalada, se ingresa: Del Fondo de Pensiones, una suma equivalente al 6,25% de las pensiones y rentas pagadas, excluidas las satisfechas por incapacidad parcial. De la […]
– El porcentaje de cotizaciones es del 7% del ingreso mensual imponible. En el caso de las ISAPRES, se puede pactar una mayor cotización. El ingreso máximo para fines de cotización es de 60 UF. Ingreso mínimo a diciembre de 2006: $ 135.000 ó U$ 256,6 (1 U$ = $ 534,43). 60 Unidades de Fomento […]
(1) La aportación personal: Del 4% de la materia gravada de los empleados y obreros, servidores públicos y demás trabajadores afiliados obligados con relación de dependencia, para el Seguro General de Salud Individual y Familiar; del 10% de la materia gravada de los afiliados obligados sin relación de dependencia y de los afiliados voluntarios, para […]
– Cotización del 12,5% del ingresobase del trabajador, con un tope salarial de 25 salarios mínimos legales mensuales. (En 2007, US$ 5.421,25). 8,5% a cargo del empleador y 4% a cargo del trabajador. Los trabajadores independientes y pensionistas tienen a su cargo la cotización total. La cotización es conjunta con la correspondiente a maternidad. (1)
Seguro de Salud. Trabajadores por Cuenta Ajena: 5,5% trabajador, 9,25% empleador, 0,25% Estado. Sin tope de Cotización. Pensionistas: 5% pensionista, 8,75% el Fondo que paga la pensión, 0,25% Estado. Asegurado Voluntario: La contribución que corresponde al asegurado voluntario estará determinada por los ingresos de referencia del solicitante y el porcentaje de contribución establecido (2) Trabajadores […]
Régimen General de Salud (Sector Público y Privado). Los empleadores abonan el 6,2 y el trabajador el 2,5% del salario mensual. El Estado aporta una cantidad fija no menor de c 500.000 anuales aproximadamente US$ 571.428 (1 US$ = C 8,75).
La financiación de la asistencia sanitaria está a cargo exclusivamente de los Presupuestos de las Administraciones Públicas.
El patrono aporta el 4% de la nómina, el trabajador el 2% y el Estado el 2%. (1)
5% para el empleador, de 2.5% para el trabajador y de 0.5% para el Estado aplicados sobre una remuneración máxima de de L. 4.800,00.
– Las acciones de salud del Ministerio de Salud se financian a través del Presupuesto de la República. La Ley de Seguridad Social solo hace referencia a la separación tripartita (empleadores, trabajadores y Estado) siendo un 15% a cargo del empleador, 6,25%, del trabajador y un 0.25% de aporte estatal.
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