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BRASIL

2% de la facturación y 8% de las ganancias netas de las empresas, siendo la cotización del 18% de las ganancias netas para las instituciones financieras.

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VENEZUELA

En el IVSS es el 6,25% de los salarios, porcentaje distribuido entre empleadores y trabajadores, en función de la categoría y nivel de cotización. (1) Además de la cotización señalada, se ingresa:  Del Fondo de Pensiones, una suma equivalente al 6,25% de las pensiones y rentas pagadas, excluidas las satisfechas por incapacidad parcial.  De la […]

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CHILE

– El porcentaje de cotizaciones es del 7% del ingreso mensual imponible. En el caso de las ISAPRES, se puede pactar una mayor cotización.  El ingreso máximo para fines de cotización es de 60 UF.  Ingreso mínimo a diciembre de 2006: $ 135.000 ó U$ 256,6 (1 U$ = $ 534,43).  60 Unidades de Fomento […]

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ECUADOR

(1) La aportación personal: Del 4% de la materia gravada de los empleados y obreros, servidores públicos y demás trabajadores afiliados obligados con relación de dependencia, para el Seguro General de Salud Individual y Familiar; del 10% de la materia gravada de los afiliados obligados sin relación de dependencia y de los afiliados voluntarios, para […]

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COLOMBIA

– Cotización del 12,5% del ingresobase del trabajador, con un tope salarial de 25 salarios mínimos legales mensuales. (En 2007, US$ 5.421,25). 8,5% a cargo del empleador y 4% a cargo del trabajador. Los trabajadores independientes y pensionistas tienen a su cargo la cotización total.  La cotización es conjunta con la correspondiente a maternidad. (1)

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COSTA RICA

Seguro de Salud. Trabajadores por Cuenta Ajena: 5,5% trabajador, 9,25% empleador, 0,25% Estado. Sin tope de Cotización. Pensionistas: 5% pensionista, 8,75% el Fondo que paga la pensión, 0,25% Estado. Asegurado Voluntario: La contribución que corresponde al asegurado voluntario estará determinada por los ingresos de referencia del solicitante y el porcentaje de contribución establecido (2) Trabajadores […]

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EL SALVADOR

Régimen General de Salud (Sector Público y Privado). Los empleadores abonan el 6,2 y el trabajador el 2,5% del salario mensual. El Estado aporta una cantidad fija no menor de c 500.000 anuales aproximadamente US$ 571.428 (1 US$ = C 8,75).

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ESPAÑA

La financiación de la asistencia sanitaria está a cargo exclusivamente de los Presupuestos de las Administraciones Públicas.

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HONDURAS

5% para el empleador, de 2.5% para el trabajador y de 0.5% para el Estado aplicados sobre una remuneración máxima de de L. 4.800,00.

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NICARAGUA

– Las acciones de salud del Ministerio de Salud se financian a través del Presupuesto de la República.  La Ley de Seguridad Social solo hace referencia a la separación tripartita (empleadores, trabajadores y Estado) siendo un 15% a cargo del empleador, 6,25%, del trabajador y un 0.25% de aporte estatal.

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