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CHILE

Cotización del trabajador, sin perjuicio del aporte que hace el Estado para determinadas prestaciones (por ejemplo, parte del programada de garantías explícitas) por maternidad y para la financiación de la Salud Pública, y de los «copagos» de los interesados (1).

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CHILE

– Cotización del afiliado, más la rentabilidad en la cuenta de capitalización individual.  Bono de reconocimiento, de corresponder, más el aporte adicional de la Compañía de Seguros en el caso de sistema de AFP, de ser necesario.  El Estado asegura una pensión mínima.  En el Antiguo Sistema, las pensiones se financian con cotizaciones de los […]

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PORTUGAL

– Cotizaciones de los trabajadores y de los empresarios.  Cotizaciones de los trabajadores por cuenta propia.

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NICARAGUA

– Las acciones de salud del Ministerio de Salud se financian a través del Presupuesto de la República.  La Ley de Seguridad Social solo hace referencia a la separación tripartita (empleadores, trabajadores y Estado) siendo un 15% a cargo del empleador, 6,25%, del trabajador y un 0.25% de aporte estatal.

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