Ilimitada. En caso de baja en la afiliación, se tiene un período de protección de un mes, para quienes hayan cotizado un mínimo de 6 meses anteriores, y de 3 meses, cuando se lleve cotizando 5 años o más de afiliación continua a una EPS.
– Ser cotizantes y estar al día en los pagos al Seguro de Enfermedad- Maternidad. Estar adscrito a una Empresa Médica Previsional, de elección del beneficiario.
Estar afiliados al Seguro Social y al día en el pago de la cotización por parte del asegurado. (2)
Seguro Social de Enfermedad. Ver Cuadro V «PRESTACIONES ECONÓMICAS POR ENFERMEDAD».
8 semanas, después de iniciadas las cotizaciones y que haya seleccionado su prestador de servicio (EMP), en caso de ser un nuevo asegurado.
Ilimitada. En caso de baja en la Seguridad Social, siempre que se cumpla un período mínimo de afiliación anterior, según la antigüedad: si la atención sanitaria se estaba prestando ya, se sigue prestando durante 52 semanas para el asegurado y 39 semanas para las personas a cargo; si la atención sanitaria comienza posteriormente, se presta […]
-Régimen contributivo: Estar afiliado como titular o derechohabiente. Régimen estatal: Estar afiliado.
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