Las obras sociales no podrán imponer períodos de carencia, salvo en el caso de que sean beneficiarios de prestaciones asistenciales, ni decidir unilateralmente sin causa la baja del afiliado.
Afiliados obligatorios: 6 meses para acceder a la cobertura de enfermedad 12 meses de cotización para maternidad. Afiliado voluntario: 12 meses de carencia
Prestaciones médicas: De inmediato, sin perjuicio de los períodos de carencia acotados respecto de los afiliados y beneficiario de ISAPRE, en relación con determinadas prestaciones preexistentes. Los trabajadores independientes requieren 6 meses de afiliación. Prestaciones económicas: Están sujetas a requisitos de afiliación y de cotización.
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