Estar afiliado y encontrarse al día en las contribuciones ó tener la condición de beneficiario. (2).
Afiliados obligatorios: 6 meses para acceder a la cobertura de enfermedad 12 meses de cotización para maternidad. Afiliado voluntario: 12 meses de carencia
Ilimitada para el asegurado; para el cónyuge solo durante el embarazo, y para los hijos hasta que cumplan los 3 años.
Prestaciones médicas: De inmediato, sin perjuicio de los períodos de carencia acotados respecto de los afiliados y beneficiario de ISAPRE, en relación con determinadas prestaciones preexistentes. Los trabajadores independientes requieren 6 meses de afiliación. Prestaciones económicas: Están sujetas a requisitos de afiliación y de cotización.
Ilimitada. En caso de extinción del contrato de trabajo, el afiliado y beneficiarios gozan de cobertura por 3 meses adicionales sin cargo alguno.
Seguro Social de Enfermedad: El subsidio, en caso de enfermedad, cubre hasta un año con otro de prórroga. El pago de la cuota mutual se realiza mientras el afiliado está en actividad o percibiendo subsidio por desempleo, maternidad o enfermedad. Programa materno-infantil: Las embarazadas tienen derecho a la atención durante el embarazo, parto y post-parto. […]
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