No están cubiertos por el Seguro de Enfermedad. Por Decreto de Ley nº 35, de agosto de 1979, son atendidos por el Ministerio de la Salud (MINSA).
Cotizan el 6,75% de la cuantía de su pensión y mantienen derecho a las prestaciones sanitarias en igualdad de condiciones que un activo.
Su aportación es menor (4% de la cuantía de la pensión) y está a cargo del pensionista.
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