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ESPAÑA

– Los trabajadores por cuenta ajena y los trabajadores por cuenta propia.  Los titulares de pensiones y los beneficiarios de prestaciones periódicas.  Todos los residentes que no tengan recursos económicos suficientes.

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ARGENTINA

Los grupos familiares primarios de los titulares del derecho y las personas que convivan con el afiliado y reciban del mismo ostensible trato familiar. Se entiende por grupo familiar primario el integrado por el cónyuge y los menores cuya guarda o tutela haya sido acordada por autoridad judicial o administrativa.

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URUGUAY

Los titulares del derecho y los niños beneficiarios de Asignaciones Familiares hasta determinados topes de edades, de acuerdo a distintos niveles de asistencia médica.

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PERÚ

Su aportación es menor (4% de la cuantía de la pensión) y está a cargo del pensionista.

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GUATEMALA

– Trabajadores en relación de dependencia de empresas obligadas a inscribirse y cualquier guatemalteco que perciba una pensión.  Los familiares de las personas que perciben una pensión no tienen derecho a asistencia sanitaria.

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BOLIVIA

El asegurado titular del derecho y sus beneficiarios (esposa o compañera; los hijos hasta los 19 años: los padres y hermanos, previa calificación del derecho, estos últimos, en las mismas condiciones que los hijos. La edad de los hijos se amplía hasta los 25 años si estudian y sin límite de edad, si son calificados […]

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