No existe. El acceso a los servicios de salud es independiente de las contribuciones y del valor de los ingresos del ciudadano.
En el Seguro General Obligatorio la aportación mínima es de un Salario Mínimo de Aportación sin tope máximo.
– Todos los residentes. A reserva de reciprocidad, en lo que se refiere a los nacionales de países terceros.
Cotizan el 6,75% de la cuantía de su pensión y mantienen derecho a las prestaciones sanitarias en igualdad de condiciones que un activo.
Trabajadores y pensionistas del sector público y privado (1), cotizantes al seguro de enfermedad, maternidad y riesgos profesionales (2).
En función del Régimen de pertenencia. Constributivo o subsidiado (1).
– Los trabajadores por cuenta ajena y los trabajadores por cuenta propia. Los titulares de pensiones y los beneficiarios de prestaciones periódicas. Todos los residentes que no tengan recursos económicos suficientes.
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