– Trabajadores asegurados del sector público y privado, cotizantes del Seguro de Enfermedad-Maternidad. Trabajadores por cuenta propia adscritos al Seguro de Enfermedad-Maternidad cotizantes. Beneficiarios de trabajadores cotizantes.
– El afiliado activo, los pensionistas y pensiones a cargo, carentes de recurso, beneficiarios de subsidios y programas específicos y las personas cargas de familia.
-Régimen contributivo: Estar afiliado como titular o derechohabiente. Régimen estatal: Estar afiliado.
La asistencia sanitaria se concede hasta el restablecimiento del enfermo. En el caso de enfermedades que, a juicio del médico del IGSS, sean irreversibles y determinen un estado de incapacidad permanente para el trabajo, la asistencia médica se concederá por un término de 52 semanas. Cuando se trate de un trabajador en período de desempleo, […]
La Caja puede bridar la ayuda para libre elección médica, cuando se demuestre inopia de personal o dificultades para conceder la atención en sus propias instalaciones, con sujeción al instructivo correspondiente.
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