Quantcast

PORTUGAL

Al accidentado Incapacidad temporal por accidente de trabajo. Las prestaciones equivalen a un porcentaje sobre el salario diario de referencia (equivalente a 1/30 de la remuneración mensual en la fecha del accidente:  Incapacidad temporal total: 70%  Incapacidad temporal parcial: 70% de la reducción de la capacidad general de ganancia.  Incapacidad temporal por enfermedad profesional: Se […]

Seguir leyendo

PANAMÁ

El pensionista por incapacidad permanente parcial puede trabajar por su capacidad residual. El pensionista por incapacidad permanente absoluto no puede trabajar.

Seguir leyendo

ESPAÑA

Incapacidad permanente total: compatibilidad posible. Incapacidad permanente absoluta y gran invalidez: las pensiones a este título no impiden el ejercicio de actividades compatibles con el estado de invalidez.

Seguir leyendo

CUBA

Además de las prestaciones económicas, se reconocen prestaciones en especie, tales como aparatos ortopédicos, prótesis y medicamentos, en los casos en los que no se requiere la hospitalización. En caso de hospitalización, medicamentos y alimentos gratuitos.

Seguir leyendo

ECUADOR

Subsidio para funeral:  El subsidio para funerales es un auxilio en dinero que se entrega a los deudos del jubilado o afiliado, siempre que éste último tuviere acreditadas seis (6) imposiciones mensuales, por lo menos, dentro de los últimos doce (12) meses anteriores a su fallecimiento, en la cuantía que reglamentará el IESS.  Son beneficiarios […]

Seguir leyendo

COLOMBIA

Las pensiones se actualizan el 1.º de enero de cada año, en función del Indice de Precios al Consumidor (IPC).

Seguir leyendo

CHILE

La Ley de la Renta no considera ingresos sujetos a impuesto las pensiones derivadas de accidentes del trabajo.

Seguir leyendo

ESPAÑA

Accidentes laborales:  Ley sobre los accidentes laborales de 30 de enero de 1900.  Texto Refundido de la legislación de los accidentes laborales.  Decreto de 22 de junio de 1956. Enfermedades profesionales:  Decreto de 10 de enero de 1947, de creación del seguro de enfermedades profesionales.

Seguir leyendo

REPÚBLICA DOMINICANA

Son beneficiarios del Seguro de Riesgos Laborales:  El afiliado y los dependientes que se indican, afectos de la pensión de supervivencia  El cónyuge y, en ausencia de éste, el compañero/a, con convivencia en los 3 años anteriores o con hijos comunes, siempre que no existiese impedimento legal para contraer matrimonio; los hijos menores de 18 […]

Seguir leyendo

PANAMÁ

Accidente de trabajo: Toda lesión corporal o perturbación funcional que el trabajador sufra en la ejecución, con ocasión o por consecuencia del trabajo y que dicha perturbación sea producida por causa exterior o por el esfuerzo realizado.  En la ejecución de las órdenes del empleador o en la prestación de un servicio, bajo la autoridad […]

Seguir leyendo

Organización Iberoamericana de Seguridad Social. Todos los derechos reservados.

INICIO BLOG AVISO LEGAL

Desarrollado por Tible Technologies.