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COLOMBIA

Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Se considera también accidente de trabajo, aquél que se produce durante la ejecución de las órdenes del empleador, o durante la ejecución de una tarea bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas del trabajo.

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ARGENTINA

– Las prestaciones no están sometidas a períodos de cotización previos.  Estar incluido en la nómina declarada por el empleador ante la ART, o en la empresa autoasegurada.

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PORTUGAL

Accidentes de trabajo.  Declaración en las 48 horas siguientes al accidente.  No se exige período de cotización previa. Enfermedades profesionales:  Ha de efectuarse la declaración dentro del año siguiente a la comunicación formal del diagnóstico  No se exige período de cotización previa.

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NICARAGUA

Al accidentado Médicas: Atención médicoquirúrgica, material de reposición periódica, rehabilitación física y mental, atención odontológica y servicios de apoyo diagnóstico. Económicas: · En caso de incapacidad temporal, el asegurado tiene derecho, a partir del día siguiente al accidente, a un subsidio diario equivalente al 60% del salario, calculado de igual modo que el subsidio por […]

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NICARAGUA

Al accidentado • En caso de Incapacidad Temporal, se tiene derecho, a partir del día siguiente al accidente, a un subsidio diario igual al 60% del salario promedio, calculado en la forma señalada para el subsidio derivado de enfermedad común. • En caso de Incapacidad Parcial Permanente, la cuantía de la pensión se obtiene aplicando […]

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URUGUAY

En caso de incapacidades mayores al 50%, por riesgos profesionales, el Banco de Previsión Social abona un complemento de renta, entre lo que el trabajador siniestrado percibe del Banco de Seguros del Estado y lo que le correspondería por subsidio por enfermedad.

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