En caso de incapacidades mayores al 50%, por riesgos profesionales, el Banco de Previsión Social abona un complemento de renta, entre lo que el trabajador siniestrado percibe del Banco de Seguros del Estado y lo que le correspondería por subsidio por enfermedad.
Los gastos de sepelio se reembolsan hasta un límite establecido por la Superintendencia de Banca y Seguros.
Las pensiones se actualizan una vez al año, en función de la variación del Indice de Precios al Consumo.
Las prestaciones en dinero otorgadas no están sujetas a imposiciones fiscales.
Ley 9.688, de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, de 29 de diciembre de 1915.
– Decreto del Gabinete núm. 68, de 31.3. 1979, que centraliza en la CSS la cobertura obligatoria de los riesgos profesionales. Código del Trabajo.
Accidentes de trabajo, incluyendo los accidentes «in itinere» y las enfermedades profesionales. Accidente de trabajo: Todo accidente que le suceda al trabajador por causa de la labor que ejecute o como consecuencia de ésta, y durante el tiempo que permanezca bajo la dirección y dependencia del empleador. Se incluyen los ocurridos en el trayecto usual […]
Estas prestaciones no están sujetas a cotización previa, pero sí debe constar afiliación con alta en una AFP.
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