PARAGUAY
Trabajadores asalariados, maestros de enseñanza primaria y el personal de servicio doméstico. No está reglamentado aún el seguro voluntario para el trabajador independiente.
Trabajadores asalariados, maestros de enseñanza primaria y el personal de servicio doméstico. No está reglamentado aún el seguro voluntario para el trabajador independiente.
– Afiliados regulares del Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud que laboran en un centro de trabajo en el que la entidad empleadora realiza las actividades comprendidas en el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo, previstas por las normas. Afiliados voluntarios del Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud, así como a […]
Están obligatoriamente incluidos en el ámbito de la Ley de Riesgos de Trabajo: Los funcionarios y empleados del sector público nacional, de las provincias y sus municipio los trabajadores en relación de dependencia del sector privado; las personas obligadas a prestar un servicio de carga pública (1). Los empleadores pueden autoasegurar los riesgos del trabajo, […]
Todos los trabajadores asalariados, así como los trabajadores por cuenta propia.
Son beneficiarios del Seguro de Riesgos Laborales: El afiliado y los dependientes que se indican, afectos de la pensión de supervivencia El cónyuge y, en ausencia de éste, el compañero/a, con convivencia en los 3 años anteriores o con hijos comunes, siempre que no existiese impedimento legal para contraer matrimonio; los hijos menores de 18 […]
Los beneficiarios del Régimen de Previsión Social (RGPS), clasificados como empleados, trabajadores «avulsos» y los asegurados especiales.
El seguro sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales es obligatorio y comprende a los obreros o empleados que trabajen para cualquier tipo de patrono. La normativa es aplicable además, a: a) aprendices y personal a prueba, con o sin remuneración; b) quienes trabajen en su propio domicilio por cuenta de terceros; c) los serenos, […]
Trabajadores dependientes de los sectores públicos y privados, parlamentarios, dirigentes sindicales, estudiantes y ciertos trabajadores independientes incorporados al seguro.
Trabajadores con relación de dependencia en empresas privadas, públicas o estatales, que cotizan al IVSS y los afiliados al Seguro Facultativo.
Trabajadores dependientes, y trabajadores independientes (contratos por prestaciones de servicios, administrativos, civiles y de obras).
Trabajadores por cuenta ajena, excepto trabajadores familiares no remunerados. Sí cubre a los aprendices, auque no estén recibiendo un salario. Se aplica tanto al sector público como al privado.
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