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Publicado por: Secretaría General OISS

Cuantías máximas y mínimas: el mínimo a otorgar por esta prestación será la suma de ciento setenta y cinco balboas (B/.175,00) mensuales , hasta el 31 de diciembre de 2009. A partir del 1 de enero de 2010 y cada cinco años, el mínimo indicado se incrementará en diez balboas (B/.10,00). El máximo de estas pensiones será igual
a: Una suma de hasta mil balboas 8B/.1.000,00) mensuales , hasa el 31 de diciembre de 2006.
Cuando el asegurado tenga por lo menos veinticinco años de cotización y un salario promedio mensual no menor de mil quinientos balboas 8B/.1.500,00) mensuales. A partir del 1 de enero de 2007, una suma de hsta mil quinientos balboas (B/.1.500,00) mensuales.

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