Publicado por: Secretaría General OISS
Las prestaciones familiares y los requisitos de acceso son las siguientes:
A. Asignación por hijo: Consiste en el pago de una suma de dinero mensual que se abona al trabajador en relación de dependencia o al beneficiario del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP) con derecho al cobro de asignaciones familiares o al beneficiario de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) por cada hijo que se encuentre a su cargo, menor de 18 años. Se abona a uno solo de los progenitores/guardadores/tutores.
B. Asignación por hijo discapacitado: Consiste en el pago de una suma de dinero mensual que se abona al trabajador en relación de dependencia o al beneficiario del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP) con derecho al cobro de asignaciones familiares o al beneficiario de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) por cada hijo discapacitado, sin límite de edad. Se abona a uno solo de los progenitores/guardadores/tutores.
C. Asignación prenatal: Consiste en el pago de una suma de dinero mensual que se abona al trabajador en relación de dependencia o al beneficiario de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) desde el momento de la concepción hasta el nacimiento o interrupción del embarazo. Se requiere una antigüedad mínima y continuada en el empleo de 3 meses.
D. Asignación por ayuda escolar: Consiste en el pago de una suma de dinero anual que se abona al trabajador en relación de dependencia o al beneficiario del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP) con derecho al cobro de asignaciones familiares o al beneficiario de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) con derecho al cobro de la Asignación Familiar por Hijo y/o Hijo con Discapacidad.
E. Asignación por maternidad: Consiste en el pago de un monto igual al promedio de las remuneraciones (sin descuentos) percibidas por la trabajadora durante los tres (3) meses anteriores al inicio de la Licencia por Maternidad. La Asignación Familiar por Maternidad se abona durante la Licencia por Maternidad. Cuando la trabajadora se desempeña en más de un empleo tiene derecho a la percepción de esta asignación en cada uno de ellos. Para el cobro de esta asignación no rigen los topes mínimos ni máximos de remuneraciones. El cobro de la Asignación Familiar por Maternidad es compatible con la percepción de otras asignaciones.
F. Asignación por nacimiento: Consiste en el pago de una suma de dinero que abona la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) en forma directa al trabajador en relación de dependencia o al beneficiario de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) por el nacimiento de un hijo. Se abona a uno solo de los padres/adoptantes.
Se requiere una antigüedad mínima y continuada en el empleo de 6 meses.
G. Asignación por adopción: Consiste en el pago de una suma de dinero que abona la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) en forma directa al trabajador en relación de dependencia o al beneficiario de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) por la adopción de un hijo. Se abona a uno solo de los padres/adoptantes.
Se requiere una antigüedad mínima y continuada en el empleo de 6 meses.
H. Asignación por matrimonio: Consiste en el pago de una suma de dinero que abona ANSES en forma directa a ambos cónyuges cuando éstos son trabajadores en relación de dependencia o beneficiarios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo y están comprendidos en el Régimen de Asignaciones Familiares Se requiere una antigüedad mínima y continuada en el empleo de 6 meses. Se abona a los dos cónyuges, en el caso de que ambos estén comprendidos en el ámbito de aplicación de la Ley.
I. Asignación por cónyuge: Consiste en el pago de una suma de dinero mensual que se abona al beneficiario del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP) por su esposa legítima, residente en el país o a la beneficiaria cuando su esposo legítimo, residente en el país, se encuentra afectado de invalidez, total, absoluta y permanente, y no perciba ingresos por ningún concepto.
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25 de septiembre de 2023 – Notimérica.
27 de septiembre de 2023 – Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de Argentina.
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