Publicado por: Secretaría General OISS
No existen prestaciones por desempleo con cargo a la seguridad social. Sin embrago se protege en caso de que sea necesario recolocarlo en otro puesto de trabajo, a cambio de causas estructurales o institucionales en la organización del Estado, empresas u otras entidades laborales, o extinción o fusión de las mismas, por disminución del nivel de actividad por índole económica aplicación de multioficio u otros estudios o medidas de organización del trabajo o de la producción, en orden a conseguir la más adecuada utilización de la fuerza de trabajo.
El Trabajador que no pueda ser recolocado, por causa de falta de oferta de empleo u otras causas justificadas, establecidas en la legislación, recibe una garantía salarial equivalente al 100% del salario fijo, con un máximo
de 36 meses, en función del número de años de servicio anteriormente acreditados.
La IV Semana de la Seguridad Social se llevó a cabo en el Auditorio del Banco Municipal de Rosario, ubicado en San Martín 730. El acto de apertura tuvo lugar el 22 de abril de 2024 y fue encabezado por el gobernador Maximiliano Pullaro, quien destacó la importancia de abordar el tema de la seguridad […]
El evento es desarrollado por la Autoridad de Supervisión de la Seguridad Social de Corto Plazo (ASUSS) y el apoyo de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS) en el marco del del Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo. PRIMER DÍA: El primer día de la Jornada Internacional, contará con especialista […]
Abril de 2024 – EM entremayores.
7 de abril de 2024 – Ahora El Pueblo.
7 de abril de 2024 – Milenio.
25 de marzo de 2024 – Latam Gremial.
22 de marzo de 2024 – Notiamerica.
22 de marzo de 2024 – Infobae.
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