ARGENTINA

Publicado por: Secretaría General OISS

Las AFJP deben ser sociedades con objeto exclusivo y deben contar con un patrimonio mínimo de $3.000.000. Deben existir separación patrimonial entre el Fondo de Jubilaciones y Pensiones y la Sociedad que lo administra. La autorización para funcionar como AFPJ es emitida por la Superintendencia de AFJP. Las Compañías de Seguro de Retiro deben contar con la autorización de la SSN para poder ofrecer rentas vitalicias previsionales.

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