Publicado por: Secretaría General OISS
Las AFAP deben ser:
sociedades anónimas con acciones nominativas,
sujetas a autorización previa del Poder Ejecutivo,
tener como objeto exclusivo la administración de un único Fondo de Ahorro Previsional,
contar con un capital mínimo de 60.000 unidades reajustables (2), y
contar con la separación patrimonial entre el Fondo que administra y la propia AFAP.
Dado que la responsabilidad principal de las tareas de cuidados es uno de los mayores obstáculos que encuentran las mujeres para su plena participación en igualdad de condiciones en el mercado laboral –y a través de este, en los sistemas de seguridad social- es esencial aplicar la perspectiva de género en los procesos de reforma […]
28 de marzo de 2023, La Paz, Bolivia. El pasado lunes 27 de marzo de la gestión en curso, la Delegación Nacional de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS) en Bolivia participó de los actos conmemorativos de los 50 aniversario de la Caja de Salud de Caminos y R.A. Asistió el Coordinador de la […]
24 de marzo de 2023 – Prensa ‘El País’.
24 de marzo de 2023 – Secretaría General Iberoamericana.
17 de marzo de 2023 – Prensa ‘Tiempo de Noticias’.
17 de marzo de 2023 – Prensa ‘El Informador’.
16 de marzo de 2023 – Ministerio del Trabajo de Colombia.
17 de marzo de 2023 – ILUNION.
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