El presente protocolo se enmarca en los esfuerzos de la Secretaría General Iberoamericana y los Organismos Iberoamericanos (Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura, OEI, el Organismo Internacional de Juventud para Iberoamérica, OIJ, la Organización Iberoamericana de Seguridad Social, OISS, y la Conferencia de ministros de Justicia de los países iberoamericanos, COMJIB) para dar respuesta al mandato de transversalización de género en el Sistema Iberoamericano, reiterado desde el 2005 en sucesivas Cumbres Iberoamericanas.
Teniendo en cuenta que la Organización Iberoamericana de Seguridad Social tiene la obligación de garantizar la seguridad y salud laboral de todas las personas que presten servicios en ella. este Protocolo se aplicará a toda persona que preste servicios en la Organización Iberoamericana de Seguridad Social, incluyendo el personal de la plantilla orgánica; de proyecto, de obra o de servicio; eventual; en régimen de adscripción; así como alumnos/as y becarios/as que realizan prácticas formativas en cualquiera de las oficinas del organismo (Secretaría General, Centros Regionales y Delegaciones Nacionales).
Cualquier trabajador o trabajadora que tenga conocimiento de alguna conducta que pudiera ser constitutiva de acoso sexual y/o por razón de sexo en el ámbito laboral puede plantear una queja ante la Asesoría Confidencial que se pondrá en contacto con la persona presuntamente afectada en un plazo de cuarenta y ocho (48) horas hábiles a fin de poner a disposición el presente protocolo. La Asesoría Confidencial estará compuesta por dos personas.
Para denuncias, contacte con:
Ana Mohedano | Vicesecretaria General de la OISS | Telf.: 917 607 746 | [email protected] |
Julián Monroy B. | Responsable de Información y Comunicación | Telf.: 917 607 746 | [email protected] |
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