Publicado por: Secretaría General OISS
Las cotizaciones de los trabajadores a los regímenes de
Seguridad Social se benefician de deducciones fiscales.
Asimismo, la Ley establece bonificaciones fiscales en los
gastos sanitarios del conjunto familiar, de los ascendientes
o colaterales hasta el 3º grado que sean minusválidos, por los ascendientes no deficientes, así como por los pagos realizados por contratos de seguros, cuyos primeros
beneficiarios sean sujetos pasivos deficientes o las personas dependientes minusválidos.
30 de octubre de 2024 – Colpensiones.
31 de octubre de 2024 – Diario Estrategia.
30 de octubre de 2024 – Ahora El Pueblo.
31 de octubre de 2024 – Notiamérica.
10 de noviembre de 2024 – Infobae.
15 de octubre 2024 – Casa América.
10 de octubre 2024 – Ministerio de Desarrollo Social de Argentina.
9 de octubre 2024 – Infobae.
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