Publicado por: Secretaría General OISS
Pensión ordinaria: Haber cumplido 60 años de edad, en el
caso de los hombres y 55 años, en el de las mujeres; y acreditar 25 años de servicio. El trabajador desvinculado tiene derecho a esta pensión siempre que cumpla los requisitos de edad y tiempo de servicios al momento de ocurrir la desvinculación laboral.
Pensión extraordinaria: Se reduce del tiempo mínimo de
servicios a 15 años y aumenta la edad en 5, para favorecer a los trabajadores de incorporación tardía al trabajo.
Los trabajos se clasifican en dos categorías: una, comprende los trabajos realizados en condiciones normales y otra, los realizados en condiciones de penosidad, de modo que origina una reducción de la capacidad laboral en el organismo no acorde con el que corresponde a la edad del trabajador. Un precepto de la Ley exige haber laborado en estos trabajos no menos de 12 años inmediatos anteriores a la solicitud de pensión o, en su defecto, el 75% del tiempo de servicios requerido para el otorgamiento de la prestación.
En el marco de la difusión de actividades de la RAIP Red Argentina de Innovación para la prevención se llevó a cabo en la Ciudad de Córdoba, en la sede del Colegio de Abogados de dicha provincia una reunión informativa sobre su alcance. Dicha reunión contó con la presencia del Señor Secretario de trabajo de […]
30 de octubre de 2024 – Colpensiones.
31 de octubre de 2024 – Diario Estrategia.
30 de octubre de 2024 – Ahora El Pueblo.
31 de octubre de 2024 – Notiamérica.
10 de noviembre de 2024 – Infobae.
15 de octubre 2024 – Casa América.
10 de octubre 2024 – Ministerio de Desarrollo Social de Argentina.
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