Publicado por: Secretaría General OISS
Artículo 6º.
El Congreso está constituido por los delegados de los
miembros titulares. Los miembros asociados tendrán derecho a participar, con voz pero sin voto, Podrán participar como invitados u observadores, representantes de otros organismos relacionados con la Seguridad Social y la protección social.
Artículo 7º.
El Congreso es el máximo órgano deliberante y soberano de la
Organización y tiene atribuidas las siguientes funciones:
a) Establecer las directrices y criterios generales que deban orientar la
actividad de la Organización.
b) Establecer las normas que sean necesarias para garantizar el
cumplimiento de los fines y funciones de la Organización.
c) Recomendar a los Estados miembros la adopción de convenios
orientados a la extensión y mejoramiento de la Seguridad Social y la
protección social.
d) Adoptar recomendaciones que contribuyan a garantizar el mejor
desarrollo y el perfeccionamiento de los servicios y de los fines de la
Seguridad Social.
e) Ratificar el nombramiento del Secretario General designado por la
Comisión Directiva a propuesta del Comité Permanente.
f) Fijar la sede de la Secretaría General a propuesta de la Comisión
Directiva.
g) Ratificar los acuerdos de sede, privilegios e inmunidades suscritos
entre la Organización y el país correspondiente, fijando de común
acuerdo con el gobierno respectivo la situación, extensión y
características de los locales donde se ubique la sede de la Secretaría
General.
h) Fijar el lugar de los Congresos, que será, preferentemente, rotativa
por áreas regionales y países, con un proceso de postulación previa.
En caso de existir varias propuestas, la decisión corresponderá al
Congreso.
i) Ratificar las modificaciones de los Estatutos aprobadas por el Comité
Permanente y que le someta la Comisión Directiva.
j) Aprobar, a propuesta de la Comisión Directiva, la creación o
supresión de Comisiones Técnicas Permanentes.
Artículo 8º.
1. Las resoluciones del Congreso se adoptarán con arreglo a un criterio
de ponderación de votos por países, con el objeto de procurar una
participación equilibrada en la adopción de decisiones. Para ello se
aplicarán las normas siguientes:
Cada miembro que tenga derecho a voto, podrá ejercerlo por
medio de su representante.
El voto del conjunto de miembros de un mismo país
equivaldrá hasta un máximo de tres votos, con arreglo a los
siguientes mínimos:
· Un voto: Un miembro.
· Dos votos: Once miembros.
· Tres votos: Veintiún miembros.
La distribución, en su caso, de los votos que correspondan a cada
país. En los supuestos de fracciones de voto, el mismo se otorgará a
la mayor de dichas fracciones. En caso de fracciones iguales no se
considerará ninguna de ellas.
2. Las resoluciones del congreso no obligan a los gobiernos ni a las
instituciones, en cuanto aquellas no obtengan la aprobación
posterior y explícita de las autoridades del país correspondiente.
Artículo 9º.
El Congreso se reunirá cada cuatro años.
Dando continuidad al proceso de formación que la Delegación Nacional de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS) de Bolivia y la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo vienen desarrollando de manera conjunta, convocan a la V versión del Curso presencial de Introducción a la Seguridad Social de Largo Plazo en Bolivia. […]
La Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS) con el apoyo de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), invita a la Formación Virtual: Lenguaje no sexista y comunicación inclusiva: cómo y por qué integrarlos en el perfil normativo de nuestras organizaciones. OBJETIVOS: Los objetivos de aprendizaje son: Las inscripciones deberán realizarse hasta […]
Madrid, 18 de marzo de 2025 La mañana de hoy, 18 de febrero, en la sede de la Secretaría General de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS), se llevó a cabo un desayuno informativo sobre el estado de situación de Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social (CMISS), con el propósito de promover la difusión […]
Madrid, 13 de febrero de 2025 La tarde de ayer, 12 de febrero, la secretaria general de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS), Gina Magnolia Riaño Barón, participó en las Jornadas de Establecimiento e Inversión en España de Nacionales de Terceros Países: Implicaciones Migratorias, Fiscales y Laborales, organizadas por el Consulado General de Colombia […]
Madrid, 13 de febrero de 2025 El pasado lunes 12 de febrero, en la sede del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación de España (MAEC), se llevó a cabo una reunión entre la secretaria general de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS), Gina Magnolia Riaño Barón, acompañada de la vicesecretaria general, Ana […]
Enero de 2025 – Revista ‘Diplomacia siglo XXI’.
Madrid, 10 de febrero de 2025 El pasado lunes, 10 de febrero, con motivo de la próxima cumbre Unión Europea-CELAC, (Colombia, 2025), se llevó a cabo un desayuno de trabajo en la sede de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS), en Madrid, con la participación de la secretaria general de la OISS, Gina Magnolia […]
Madrid, 10 de febrero de 2025 El pasado viernes 7 de febrero, en la Secretaría General de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS), se llevó a cabo reunión de trabajo en donde la institución multilatina, Annar Health Tecnologies, presentó su proyecto enfocado en el mejoramiento de la calidad de vida de las personas adultas […]
Organización Iberoamericana de Seguridad Social. Todos los derechos reservados.
Desarrollado por Tible Technologies.