Publicado por: Secretaría General OISS
El seguro de cesantía otorga una prestación en metálico con cargo a la cuenta individual de cesantía del afiliado, y a todo evento, de monto decreciente hasta por cinco meses, y de no contar con saldo suficiente se recurre al Fondo Solidario del Seguro, en la medida que se cumplan requisitos de causal de término y tiempo de cotizaciones, entre otras.
El subsidio de cesantía consiste en una prestación económica de carácter decreciente en su importe y en el tiempo.
Adicionalmente en los casos anteriores, el trabajador cesante percibe asignaciones familiares por sus causantes y se le asegura el derecho a las prestaciones médicas.
Las prestaciones del seguro y el subsidio no son compatibles.
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23 de mayo de 2024 – Agencia Guatemalteca de Noticias.
23 de mayo de 2024 – Infobae.
22 de mayo de 2024 – El Nuevo Diario.
23 de mayo de 2024 – Secretaría General Iberoamericana.
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