CHILE

Publicado por: Secretaría General OISS

Para las ISAPRES, ver punto 1.

En cuanto a las Cajas de Compensación de Asignación Familiar, son Corporaciones de derecho privado, sin fines de lucro, cuya personalidad jurídica y estatutos deben ser autorizados por Decreto Supremo del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. El capital mínimo requerido para formarla es de 4.000 UF (US$ 137.241). Su administración es participada por los representantes de los empleadores y de los trabajadores.

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