Regímenes contributivos: En el Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud, los planes de salud ofrecidos por las EPS podrán incluir copagos, a cargo del asegurado regular que no podrá superar el 10% de su ingreso mensual por cada atención de carácter hospitalario ni podrá exceder el 10% del costo del tratamiento. (5) Régimen […]
No está incluida en el listado de la prestación, salvo en caso de accidente laboral. Se trata de una prestación otorgada a través del Seguro de Riesgos Profesionales.
Se otorgan de acuerdo con una lista de medicamentos a las personas con derecho.
Se proporcionan previo dictamen del médico y autorización de la Comisión Técnica de Invalidez.
– Ley 17, de 22.10.43. Reglamento de Invalidez, Vejez y Muerte, aprobado en el artículo 8. Tiene vigencia a partir del 1.02.95.
Los trabajadores por cuenta ajena o por cuenta propia de todo el territorio nacional, excepto aquellos incluidos en sistemas previsionales para funcionarios públicos municipales, provinciales o federales.
Los trabajadores en relación de dependencia en empresas públicas y privadas, así como los afiliados al Seguro Facultativo.
Se adquiere el derecho a una pensión por vejez cuando el afiliado acredite: Tener una edad de sesenta años y haber cotizado por un mínimo de trescientos sesenta meses; Haber cumplido cincuenta y cinco años y acumulado un fondo que le permita disfrutar de una jubilación superior al cincuenta por ciento de la pensión mínima.
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