Publicado por: Secretaría General OISS
Se consideran equiparados a descendientes: los adoptados por el trabajador o de su cónyuge, así como los menores a su cargo que pretendan adoptar o que le han sido confiados por sentencia judicial.
Se consideran también equiparados a ascendientes los padrastros y las madrastras, los adoptantes y los padres afines en línea recta ascendiente.
4 de marzo de 2021, Madrid, España.
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1 de marzo de 2021, Madrid, España.
2 de marzo de 2021, Madrid, España. La Organización Iberoamericana de Seguridad Social hace balance de la situación de este pionero instrumento de cooperación ante los embajadores y embajadoras acreditados en España. Con la presencia de la secretaria de Estado de Asuntos Exteriores y para Iberoamérica y el Caribe del Gobierno de España, la Sra. […]
26 de febrero de 2021, Madrid, España.
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