Publicado por: Secretaría General OISS
Los afiliados que cumplen los requisitos para la jubilación ordinaria pueden disponer del saldo de su cuenta de capitalización individual (equivalente a la suma de todos los aportes personales y las rentas que produjeron,
previa deducción de las comisiones) mediante diferentes modalidades: i) Renta Vitalicia Previsional, ii) Retiro Programado o iii) Retiro Fraccionario
Al optar por la modalidad de renta vitalicia, el afiliado retira del sistema de capitalización los fondos acumulados en su cuenta individual, y contrata libre y directamente con una compañía de seguros de retiro una renta
vitalicia. Una vez notificada la administradora por el afiliado y por la correspondiente compañía de seguros, debe traspasar a ésta los fondos de la cuenta de capitalización individual del afiliado. A partir de la celebración
del contrato de renta vitalicia previsional la compañía de seguro de retiro es la única responsable y está obligada al pago de la prestación correspondiente al afiliado desde el momento en que se suscribe el contrato hasta
su fallecimiento, y a partir de éste al pago de las eventuales pensiones por fallecimiento de los derechohabientes del causante al momento que se suscribió el contrato.
El retiro programado es aquella modalidad de jubilación que acuerda el afiliado con la administradora por medio de la cual se establece una cantidad de fondos (de poder adquisitivo constante durante el año) a ser retirados
mensualmente de la cuenta de capitalización individual. Los fondos a retirar resultan de relacionar el saldo efectivo de la cuenta del afiliado a cada año, con el valor actuarial necesario para financiar las correspondientes
prestaciones. El afiliado podrá optar por retirar una suma inferior a la que surja de este cálculo.
Si al momento en que el afiliado ejerce el derecho de opción entre las dos modalidades ya mencionadas registra en su cuenta de capitalización individual un saldo que excede el necesario para financiar la respectiva base
jubilatoria, podrá disponer libremente de los fondos excedentes, los que no podrán superar a 500 veces el importe de la máxima prestación básica universal, en el mes de cálculo.
El retiro fraccionario es aquella modalidad de jubilación que acuerdan con la administradora los afiliados cuyo haber inicial de la prestación resulte inferior al 50% del equivalente a la máxima prestación básica universal.
La modalidad de retiro fraccionario se extingue cuando se agota el saldo de la cuenta de capitalización individual o cuando se produce el fallecimiento del beneficiario, oportunidad en la cual el saldo remanente de la
cuenta es entregado a los derechohabientes o herederos del causante. Los retiros fraccionados no están sujetos a comisiones por parte de las AFJP.
La suma de la PBU, PC, PAP (sólo para los que hubieran permanecido en el Régimen de Reparto con posterioridad a la vigencia de la Ley núm. 24.241 y luego hayan optado por el Régimen de Capitalización) y Jubilación
Ordinaria es el importe que, como prestación por vejez, perciben los trabajadores que hayan optado por el Régimen de Capitalización.
8 de julio de 2025, Bogotá, Colombia. A partir del 9 de Julio de 2025 y luego de varios meses de preparación y construcción, se puso en funcionamiento el servicio de 156 salas virtuales para Conciliación Laboral digital, con cobertura nacional, dentro del acuerdo de cooperación 482 de 2024 suscrito entre la Organización Iberoamericanas de […]
La transformación digital ofrece importantes beneficios para la sociedad, pero también plantea desafíos significativos en términos de inclusión, equidad y seguridad. Las personas adultas mayores que enfrentan una brecha digital ven dificultada su participación plena en entornos digitales, lo que puede derivar en exclusión, discriminación y vulnerabilidad frente a riesgos como el fraude. La Carta […]
Madrid, 8 de julio de 2025 La Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS), abre convocatoria para la contratación de una empresa o profesional(es) para el desarrollo tecnológico del nuevo Observatorio del Banco de Información de Seguridad Social en Iberoamérica (BISSI), que contará con una interfaz dinámica y funcionalidades ampliadas para la consulta, carga y visualización […]
Madrid, 8 de julio de 2025 La Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS) precisa la contratación de una empresa o persona(s) para el desarrollo de una herramienta tecnológica interactiva que permita visualizar, analizar y comparar información estadística relativa a los niveles de cobertura de los sistemas de seguridad social en los países iberoamericanos. Esta convocatoria […]
8 de julio de 2025, Santa Cruz, Bolivia. En un ambiente de reflexión, compromiso y participación activa de jóvenes, se celebró el conversatorio “Aula Abierta: ¡Más derechos, más futuro!: Construyendo Iberoamérica”, un espacio de diálogo intergeneracional orientado a fortalecer el conocimiento y la apropiación de los derechos sociales fundamentales entre la juventud boliviana e iberoamericana. […]
5 de julio de 2025, La Paz, Bolivia. En el marco de la XVI Reunión del Comité Técnico Administrativo del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social (CMISS), y con motivo del Bicentenario del Estado Plurinacional de Bolivia, la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS) y la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros […]
4 de julio de 2025, La Paz, Bolivia. Con la participación de delegaciones de nueve países iberoamericanos, se inauguró en la ciudad de La Paz la XVI Reunión del Comité Técnico Administrativo del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social (CMISS). Este importante encuentro técnico se celebró en el marco de la presidencia pro tempore ejercida […]
Madrid, 2 de julio de 2025. La mañana de ayer, 1 de julio, en el marco de la XXVIII edición del Máster FP en Dirección y Gestión de los Sistemas de Seguridad Social, impartido conjuntamente por la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS) y la Universidad de Alcalá, se llevó a cabo una conferencia sobre […]
Organización Iberoamericana de Seguridad Social. Todos los derechos reservados.
Desarrollado por Tible Technologies.