Publicado por: Secretaría General OISS
Para los afiliados en relación de dependencia se financia con un aporte a cargo de los empleadores, del 0,5% sobre la base de cotización del trabajador, que cubre el coste de las actividades de promoción y prevención, así
como las prestaciones, subsidios, indemnizaciones y pensiones. En el caso de afiliados sin relación de dependencia, el aporte obligatorio es fijado por el Consejo Directivo, según la naturaleza de la actividad y la posibilidad
del riesgo protegido.
Las prestaciones en servicios de salud son cubiertas con recursos del Fondo Presupuestario del Seguro General d Salud Individual y Familiar, en la forma que determine el Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de
Seguridad Social.
9 de abril de 2025 – Prensa ‘Z Digital’.
9 de abril de 2025 – Prensa ‘Notiuruguay’.
9 de abril de 2025 – Prensa ‘Notiperú’.
9 de abril de 2025 – Prensa ‘Notiparaguay’.
9 de abril de 2025 – Prensa ‘Notipanamá’.
9 de abril de 2025 – Prensa ‘Notiméxico’.
9 de abril de 2025 – Prensa ‘Colombiapress’.
9 de abril de 2025 – Prensa ‘Notichile’.
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