Publicado por: Secretaría General OISS
Al accidentado
• Auxilio por enfermedad: 91% de la base reguladora («salario de beneficio»).
• Prestación por invalidez: 100% de la base reguladora
(«salario de beneficio»).
• Auxilio por accidente: 50% de la base reguladora («salario de beneficio»), reconocido después del cese en el
percibo del subsidio de enfermedad, si existen secuelas que impliquen la reducción de la capacidad laboral.
La base reguladora («salario de beneficio») es la media aritmética simple de los mejores salarios de contribución,
correspondientes, como mínimo, al 80% de todo el período de
contribución, desde el mes de julio de 1994, actualizado
monetariamente.
A los familiares del asegurado fallecido
Pensión por muerte: 100% de la base reguladora («salario de
beneficio»).
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22 de julio de 2024, Madrid, España. El pasado viernes 19 de julio, en el salón de actos del rectorado de la Universidad de Alcalá de Henares (UAH), la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS) y dicha Universidad llevaron a cabo el acto de clausura de la edición XXVII del Máster de Formación Permanente en […]
Esta actividad es desarrollada por la La Organización Iberoamericana de la Seguridad Social (OISS) con el apoyo de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID). El Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social es el primer instrumento internacional a nivel iberoamericano que protege los derechos de millones de trabajadores migrantes, sus familias y […]
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Se compilan en éste articulo los informes solicitados por convenio vigente (NO-2024-39872974-ANSES-SG-#ANSES) y suscrito con la organización con el objetico de focalizar en las reformas laborales comparadas de la región, así como un estado de situación del panorama económico a fin de establecer interrelaciones entre las reformas posibles y la economía en donde se inserta […]
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