Publicado por: Secretaría General OISS
La pensión comienza a pagarse desde la fecha en que comienza la invalidez e inicialmente hasta por dos años, sujeto a revisión por parte de la Comisión Calificadora de la Invalidez.
Cuando el asegurado estuviese percibiendo el subsidio por
incapacidad temporal, por enfermedad profesional o maternidad, la pensión se percibe al extinguirse el subsidio.
30 de octubre de 2024 – Colpensiones.
31 de octubre de 2024 – Diario Estrategia.
30 de octubre de 2024 – Ahora El Pueblo.
31 de octubre de 2024 – Notiamérica.
10 de noviembre de 2024 – Infobae.
15 de octubre 2024 – Casa América.
10 de octubre 2024 – Ministerio de Desarrollo Social de Argentina.
9 de octubre 2024 – Infobae.
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