Publicado por: Secretaría General OISS
El Seguro de Riesgos Profesionales comprende la
protección del trabajador en los casos de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
Accidentes de trabajo:
Muerte o cualquier lesión orgánica o perturbación
funcional, transitoria o permanente, inmediata o posterior, producida por la acción repentina de una causa externa sobrevenida por el hecho o con ocasión del trabajo, o por caso fortuito o fuerza mayor inherente a él.
A los efectos de la Ley, también se consideran accidentes de trabajo los ocurridos en el trayecto habitual entre el domicilio del trabajador y su lugar de trabajo o viceversa.
Enfermedad profesional:
Todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que la persona se vea obligada a prestar sus servicios, que provoque una incapacidad o perturbación funcional, permanente o transitoria.
17 de diciembre de 2024 – Agencia de Noticias ‘Infobae’.
18 de diciembre de 2024 – Prensa ‘The Diplomat’.
17 de diciembre de 2024 – Portal ‘Fundación Carolina’.
17 de diciembre de 2024 – Portal ‘Casa del su Majestad el Rey de España’.
17 de diciembre de 2024 – ‘Noticias UdeC’.
16 de diciembre de 2024 – Prensa ‘Helvecia’.
13 de diciembre de 2024 – Prensa ‘Europa Press’.
12 de diciembre de 2024 – Prensa ‘UNIR’.
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