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Publicado por Ana Belén Suárez

VENEZUELA

-Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS).  Dirección de Afiliación y de Prestaciones en Dinero.

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PORTUGAL

Pueden establecerse, por iniciativa privada, esquemas complementarios de las prestaciones del régimen general. Su gestión puede ser llevada a cabo por asociaciones mutualistas, aseguradoras o entidades instituidas al efecto.

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PORTUGAL

Pueden establecerse, por iniciativa privada, esquemas complementarios de las prestaciones del régimen general. Su gestión puede ser llevada a cabo por asociaciones mutualistas, aseguradoras o entidades instituidas al efecto.

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COLOMBIA

Estar constituida como EPS. Los requisitos son los mismos señalados en el epígrafe 1 “Asistencia Sanitaria”.

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CHILE

Para las ISAPRES, ver punto 1. En cuanto a las Cajas de Compensación de Asignación Familiar, son Corporaciones de derecho privado, sin fines de lucro, cuya personalidad jurídica y estatutos deben ser autorizados por Decreto Supremo del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. El capital mínimo requerido para formarla es de 4.000 UF (US$ 137.241). […]

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