Publicado por: Secretaría General OISS
La fecha de efectos de las prestaciones de invalidez es la seguiente:
Sistema Nacional de Pensiones: El pago de la pensión se iniciará el día seguiente a aquiel en que venza el plazo máximo establecido por la Ley para el goce las prestaciones económicas por enfermedad (incapacidad temporal para el trabajo),salvo que el asegurado sea declarado inválido antes del vencimiento de dicho plazo.
Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones: Se considera como fecha de ocurrencia de la invalidez, aquella que señale el comité médico competente, según corresponda. La prestación de invalidez, en caso de dictamen favorable, devengará desde la fecha de presentación de la solicitud de evaluación y calificación de invalidez. Si el afiliado se encuentra percibiendo prestaciones económicas por enfermedad (incapacidad temporal para el trabajo), la fecha de inicio de pago corresponde al término de la cobertura del subsidio.
9 de abril de 2025 – Prensa ‘Z Digital’.
9 de abril de 2025 – Prensa ‘Notiuruguay’.
9 de abril de 2025 – Prensa ‘Notiperú’.
9 de abril de 2025 – Prensa ‘Notiparaguay’.
9 de abril de 2025 – Prensa ‘Notipanamá’.
9 de abril de 2025 – Prensa ‘Notiméxico’.
9 de abril de 2025 – Prensa ‘Colombiapress’.
9 de abril de 2025 – Prensa ‘Notichile’.
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