Publicado por: Secretaría General OISS
Cuantías máximas y mínimas: el mínimo a otorgar por esta prestación será la suma de ciento setenta y cinco balboas (B/.175,00) mensuales , hasta el 31 de diciembre de 2009. A partir del 1 de enero de 2010 y cada cinco años, el mínimo indicado se incrementará en diez balboas (B/.10,00). El máximo de estas pensiones será igual
a: Una suma de hasta mil balboas 8B/.1.000,00) mensuales , hasa el 31 de diciembre de 2006.
Cuando el asegurado tenga por lo menos veinticinco años de cotización y un salario promedio mensual no menor de mil quinientos balboas 8B/.1.500,00) mensuales. A partir del 1 de enero de 2007, una suma de hsta mil quinientos balboas (B/.1.500,00) mensuales.
26 de junio de 2024, Madrid, España. El 26 de junio de 2024 tuvo lugar el seminario virtual “Prevención de la discriminación por discapacidad en el trabajo», impartido por María de los Ángeles Soberanis Aguirre de Rueda y Allan Rousselin, representantes del Benemérito Comité Pro-Ciegos y Sordos de Guatemala. El seminario tenía como objetivo desarrollar […]
Documento elaborado por el Comité de Conclusiones (4 de junio de 2024) del Taller una vez incorporadas y analizadas los aportes de la mesa relatora del Taller para la Buena Gestión de la Seguridad Social, que también hizo parte del V Seminario Iberoamericano sobre la Constitucionalización de la Seguridad Social (Brasilia, 23 y 25 de […]
23 de mayo de 2024 – Agencia Guatemalteca de Noticias.
23 de mayo de 2024 – Infobae.
22 de mayo de 2024 – El Nuevo Diario.
23 de mayo de 2024 – Secretaría General Iberoamericana.
18 de mayo de 2024 – Notiamérica.
17 de mayo de 2024 – Agencia Guatemalteca de Noticias.
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