Publicado por: Secretaría General OISS
En este Cuadro se describe el régimen de pensiones de supervivencia administrado por el Instituto de Previsión Social (IPS), Organismo de la Seguridad Social del Paraguay que cubre al mayor número de beneficiarios.
Clases de beneficios:
a) Pensión Derecho habiente-jubilado o pensioando fallecido.
Documento obligatorios: cetificado de defuncion original, certificado de matrimonio original, cedula de identidad del fallecido – original y fotocopia, cédula de identidad de la viuda. original y fotocipia, carnet de asegurado del fallecido – original y fotocopia, último comprobante de pago del pensionado o jubilado, certificado de nacimiento original de hijos menores de 18 años o mayores incapacitados. Observaciones generales: vence a los 2 años del fallecido del pensionado o jubilado, viuda: 40 años de edad o más, adjuntar informe de caja de prestamos, si el monto resultante del calculo de la liquidación de la pensión o lo que en vida no percibió es mayor a 1.000.000 gs. deberá presentar sentencia declaratoria de herederos. La concubina deberá de presentar información sumaria de testigos expedido por el juzgado de justicia letrada, donde se determine haber vivido en relación de concubinato de pública notoriedad como mínimo durante 2 años si tuvieren hijos comunes y 5 años si no lo tuvieren; además estar inscripto en el departamento de identificaciones de i.p.s.
b) Pensión derecho habiente asegurado cotizante fallecido (ley 98/92 art. 62 y 63):
Documentos obligatorios: certificado de defunción original, certificado de matrimonio original, cédula de identidad del fallecido -original y fotocopia, cédula de identidad de la viuda- original y fotocopia, carnet de asegurado del fallecido- original y fotocipia, certificado de nacimiento original de hijos menores de 18 años omayores incapacitados, datos de los patrones en donde trabajo el fallecido- entrada y salida. Observaciones generales si tiene menos de 15 años de aporte: vence a los 1 años del fallecimiento del asegurado, si tiene más de 15 años de aporte: vence a los dos años del fallecimiento del asegurado, la viuda debe tener 40 años de edad o más, si el monto resultante del calculo de la liquidación de la pnesion es mayor a 1.000.000 gs. deberá presentar sentencia declaratoria de herederos, La concubina deberá de presentar información sumaria de testigos expedido por el juzgado de justicia letrado, donde se determine haber vivido en relación de concubinato de pública notoriedad como mínimo durante 2 años si tuviera hijos comunes y 5 años si no lo tuvieren; además estar incripto en el departamento de identificaciones de i.p.s.
c) Pensión derecho habiente- fallecimiento en accidente de trabajo (ley 98/92 art. 62 y 63 complementa con art.61).
Documentos obligatorios: certificado de defunción original , certificado de matrimonio original, cédula de identidad del fallecido -original y fotocipia, cédula de identidad de la viuda- original y fotocopia, carnet de asegurado del fallecido -original y fotocopia, certificado de nacimiento orginal de hijos menoresd e 18 años o mayores incapacitados, comunicación del accidente de trabajo presentado por el patrón en mesa de entrada general, certificado medico de defunción, parte policial del accidente de trabajo (autenticado) datos de los patrones en donde trabajo el fallecido- entrada y salida. Observaciones generales: si el monto resultante del cálculo de la liquidación de la pensión es mayor a 1.000.000 gs., deberá presentar sentencia declaratoria de herederos. La concubina deberá de presentar información sumaria de testigos expedido por el juzgado de justicia letrada, donde se determina haber vivido en relación de concubinato de pública notoriedad como mínimo durante 2 años si tuvieren hijos comunes y 5 años si no lo tuvieren, ademas estar inscripto en el departamento de identificaciones de i.p.s.
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