Publicado por: Secretaría General OISS
Régimen de Capitalización:
I) Los trabajadores por cuenta ajena cotizan el 11% de sus
remuneraciones, sujetas al tope mensual equivalente a 60
veces el valor del MOPRE. Los afiados al Régimen de Capitalización cotizar el 7 % de sus remuneraciones sujetas a dicho tope mensual.
II) Los empleadores cotizan el 10,7% de las remuneraciones,
sujetas al mismo tope, en forma independiente de la afiliación de sus dependientes.
III) Los trabajadores por cuenta propia cotizan el 27% de un
ingreso presunto, determinado en función de categorías preestablecidas del cual 11 puntos porcentuales son destinados a cubrir las prestaciones de vejez.
Estas mismas cotizaciones sirven para financiar, además de las prestaciones por vejez, las correspondientes a invalidez y muerte.
9 de abril de 2025 – Prensa ‘Z Digital’.
9 de abril de 2025 – Prensa ‘Notiuruguay’.
9 de abril de 2025 – Prensa ‘Notiperú’.
9 de abril de 2025 – Prensa ‘Notiparaguay’.
9 de abril de 2025 – Prensa ‘Notipanamá’.
9 de abril de 2025 – Prensa ‘Notiméxico’.
9 de abril de 2025 – Prensa ‘Colombiapress’.
9 de abril de 2025 – Prensa ‘Notichile’.
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