InicioDocumentos y PublicacionesDocumentos ExternosDecreto Supremo 4582: ‘Devolución Parcial o Total de Aportes’
Publicado por: Secretaría General OISS
30 de agosto de 2021, La Paz, Bolivia.
Los Asegurados del Sistema Integral de Pensiones (SIP) podrán solicitar de manera excepcional, por única vez la Devolución Parcial o Total de Aportes, conforme las modalidades establecidas en la Ley No. 1392.
Con esta norma se establecen los detalles y mecanismos para solicitar de forma voluntaria el retiro de aportes previo cumplimiento de requisitos.
Quedan excluidas de la Devolución de Aportes quienes cuenten con una Prestación o Beneficio de la Seguridad Social de Largo Plazo al 31 de agosto de 2021, como Asegurado o Derechohabiente; las personas que al 31 de agosto de 2021 tengan 58 años o más y cuenten con al menos 10 años de aportes a la Seguridad Social de Largo Plazo.
También quedan excluidos los Asegurados que hayan percibido una remuneración del Sector Público o Privado correspondiente al mes de julio 2021, pagado en agosto de 2021, independientemente del tipo de Asegurado incorporado al SIP.
De igual forma quedan excluidos los asegurados que tengan ocho o más aportes acreditados al 31 de agosto de 2021.
30 de octubre de 2024 – Colpensiones.
31 de octubre de 2024 – Diario Estrategia.
30 de octubre de 2024 – Ahora El Pueblo.
31 de octubre de 2024 – Notiamérica.
10 de noviembre de 2024 – Infobae.
15 de octubre 2024 – Casa América.
10 de octubre 2024 – Ministerio de Desarrollo Social de Argentina.
9 de octubre 2024 – Infobae.
Organización Iberoamericana de Seguridad Social. Todos los derechos reservados.
Desarrollado por Tible Technologies.