Participan en estas acciones las Unidades de Salud Acreditadas (USA) y Empresas Prestadoras de servicios.
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySESS). Secretaría de Seguridad Social; Superintendencia de Riesgos de Trabajo (SRT). Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN), dependiente del Ministerio de Economía y Producción. Ver también: (5)
Las Compañías de Seguros de Vida que quieran funcionar como Administradoras de Riesgos Profesionales (AFP), deben acreditar un capital mínimo técnico saneado de $ 1.798 millones de pesos colombianos (US$ 922.051 en 2007) y estar autorizadas por la Superintendencia Bancaria. Asimismo, pueden actuar las Cajas de Compensación Familiar.
-Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS). Dirección de Medicina del Trabajo.
Autorización administrativa por parte de las autoridades públicas. Para ser autorizadas, las Mutuas requieren asociar, como mínimo, 50 empresas que reúnan 30.000 trabajadores. Para las empresas, se requiere, como mínimo, disponer de una plantilla de 100 trabajadores.
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