Publicado por: Secretaría General OISS
Junto al régimen de prestaciones familiares de carácter general, existe un Subsidio Único Familiar, que es un beneficio asistencial, equivalente a una asignación familiar de cuantía mayor.
Según el tramo de renta. La población beneficiaria se
estratifica por ingresos. Los que exceden de un determinado importe de renta (actualmente $ 392.387, que equivalen a US$ 734,2) no perciben prestación alguna.
Los que se encuentran por debajo de ese umbral se dividen en tres grupos: los sectores con rentas inferiores a $ 128.445 (aprox. US$ 240,34) tienen una asignación familiar por causante de $ 4.126 (aprox. US$ 7,72); los que exceden de $ 128.445 y no superan los $ 251.585 (aprx. US$ 470,75) tiene derecho a percibir una asignación familiar por causantes de $4.019 (aprox.US$ 7,51) y los que excedan de los $251.58 y no superan los $392.387 tienen derecho a percibir una asignación familiar por causante de $1.307 mensuales (aprx. US$ 2,44).
Estas cuantías se incrementan por Ley, habitualmente todos los años.
Los inválidos físicos o psíquicos perciben el doble de la
asignación.
Sus beneficiarios son personas carentes de recursos, que tengan a sus expensas un menor de 18 años de edad, madres solteras y los inválidos de cualquier edad, que no se encuentren en la posibilidad de acogerse al Sistema Único de Prestaciones Familiares.
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23 de mayo de 2024 – Agencia Guatemalteca de Noticias.
23 de mayo de 2024 – Infobae.
22 de mayo de 2024 – El Nuevo Diario.
23 de mayo de 2024 – Secretaría General Iberoamericana.
18 de mayo de 2024 – Notiamérica.
17 de mayo de 2024 – Agencia Guatemalteca de Noticias.
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